Los derechos fundamentales están garantizados en las Constituciones de todos los países democráticos, habiendo sido reconocidos en los principales Tratados Internacionales, por lo que su estudio presenta cierta uniformidad, tanto a nivel europeo, acorde con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como a nivel nacional, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, si bien la esencia de los derechos fundamentales radica en que son inherentes a la persona, por tanto anteriores a la formación de los Estados y al nacimiento de los ordenamientos jurídicos, los cuales se limitan a protegerlos y garantizarlos, pero en ningún caso los crean, y aunque no tienen carácter absoluto son inviolables, ya que ninguna persona, pública o privada, tiene poderes ni facultades para suprimirlos, ni agravarlos, en consecuencia, siendo muy importante su internacionalización y la inclusión de los mismos e